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Seguridad Social y Sistema RED

Normal BONIFICACIÓN RETORNO TRABAJADORA DESPUES DE MATERNIDAD

20/09/2010
19:40

Escrito por:
1978

Necesito saber si sigue existiendo una bonificación en seguridad social para las mujeres que retornan al trabajo despues de disfrutar del permiso de maternidad.

Y en caso afirmativo, necesito saber si hay que hacer algún trámite en la administración de seg. social, o a través de sistema red...

21/09/2010
08:54

Escrito por:
lola

Buenos dias:

Efectivamente hay una bonificacion por la reincoporacion de una mujer al trabajo tras el disfrute de su permiso de maternidad, pero con la salvedad que solo pueden bonificarse aquellas mujeres que esten fijas en la empresa, las que tengan contratos eventuales o por obra o servicio no pueden aplicarse esta bonificacion.

Y el tramite a realizar es a traves de la pagina de la seguridad social en el apartado de cambio de contrato concretamente donde pone mujer reincorporada poner una "s" y ya saldra la bonificacion correspondiente.

 

Saludos

21/09/2010
08:59

Escrito por:
lola

Resumen:

Los contratos de trabajo de las mujeres trabajadoras que hayan sido suspendidos por maternidad o por excedencia por cuidado de hijo y se reincorporen a la empresa.

    Estos contratos, si fueran de carácter indefinido, darán derecho, cuando se produzca la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo en los 2 años siguientes a la fecha del inicio del permiso de maternidad,  a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario por trabajador contratado, de 100 euros/mes (1.200 euros/año) durante los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo. Si el contrato fuera de duración determinada o temporal, se tendrá derecho a esa misma bonificación si en el momento de la reincorporación el contrato se transforma en indefinido. Cuando estos contratos sean a tiempo parcial, la bonificación se aplicará en proporcion..
01/10/2010
14:50

Escrito por:
quique73

Tambien si se transforman en indefinido aquellas mujeres que se incorporan l trabajo dara derecho a la bonificacion.

 

Un saludo,

18/11/2010
13:32

Escrito por:
arcas

Alguien sabe si esa bonficiación es compatible con otra bonificacion de fomento de empleo por transformación del contrato en indefinido???

24/11/2010
19:05

Escrito por:
pedro59

¿QUE TIEMPO HAY PARA NOTIFICAR A LA TGSS EL CAMBIO DE CONTRATO DE UNA MUJER REINCORPORADA AL TRABAJO DESPUÉS DEL PERMISO DE MATERNIDAD? EL CONTRATO ES INDEFINIDO

25/11/2010
10:54

Escrito por:
lola

Pedro59 si a lo que te refieres es a la transformacion del contrato eventual a indefinido pues tienes seis dias  (como siempre) a partir del dia que se incorpore la trabajadora de su permiso de maternidad.

25/11/2010
11:41

Escrito por:
pedro59

A LO MEJOR NO LO HE EXPLICADO BIEN. SE TRATA DE UNA EMPLEADA QUE ANTES DE LA BAJA POR MATERNIDAD YA TENÍA ERA INDEFINIDA, PERO CUANDO REGRESÓ DE SU PERIODO DE DESCANDO DE MATERNIDAD(16 SEMANAS) SE OLVIDÓ MANDAR ESTE MOVIMIENTO PARA TENER DERECHO A LA BONIFACIÓN.

YO CREO, QUE LA SOLUCIÓN ES PRESENTAR EL PARTE DE INICIO DE MATERNIDAD, CALCULAR CUANDO TERMINA EL DESCANSO Y QUE A PARTIR DE ESTE DÍA SOLICITAR A LA TGSS LA BONIFICACIÓN. UNA VEZ REALIZADO ESTE TRÁMITE BONIFICAR EL LOS SEGUROS SOCIALES Y SOLICIATAR LA DEVOLUCIÓN DE LOS PERIODOS QUE NO SE HAN BONIFICADO TENIENDO DERECHO A ELLO.

¿QUE OS PARECE?

25/11/2010
12:19

Escrito por:
lola
    Los contratos de trabajo de carácter indefinido de las mujeres trabajadoras que sean suspendidos por maternidad o por excedencia por cuidado de hijo darán derecho, cuando se produzca la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo en los dos años siguientes a la fecha del inicio del permiso de maternidad, siempre que esta incorporación sea a partir del 1 de julio de 2006, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario por trabajador contratado, de 100 euros al mes (1.200 euros/año) durante los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo.

    En el supuesto de que el contrato fuera de duración determinada o temporal, se tendrá derecho a esa misma bonificación si en el momento de la reincorporación el contrato se transforma en indefinido.

    En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, la bonificación se aplicará en los términos reseñados anteriormente.

Con lo cual si no ha pasado mas de dos años desde que tomo el permiso de maternidad puedes realizar el movimiento en tesoreria para solicitar la bonificacion pero lo tendras que solicitarla con la fecha en que realizes el movimiento, y luego tramitar todo lo que has dicho, hacer una solicitud de ingresos indebidos, desde el dia que se incorporo a trabajar hasta el dia de antes que solicites la bonificacion.

De todas formas haz una cosa, si no te aclaras mucho, llama al sistema red y ellos supongo que te indicaran mejor a nivel informatico de lo que debes de hacer.

Saludos.

05/04/2011
10:25

Escrito por:
rafasemar

lola muchas gracias por tu exposicion de hace tiempo...puse la pregunta, y bueno luego utilicé el buscador, que es lo que tenia que haber hecho primero,

Imagino que el movimiento de mujer reincorporada en el S.Red, habrá que hacerlo desde el dia que cumple las 16 semanas, en el caso que tengo yo entre manos...vamos que no sé si se podria hacer por anticipado hoy mismo...si alguien lo sabe, agradecido quedo de antemano.

 

 

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