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Seguridad Social y Sistema RED

Normal sistema NOTESS

09/04/2013
19:00

Escrito por:
jjguijarro

el martes santo se publicó en el BOE las normas de este nuevo sitema que obliga a notificar telematicamente a las empresas o en su defecto a los autorizados RED cualquier cuestión de la empresa con la TGSS, si en días no se recoge la notificiación se da por notificado pero lo más grave si ya es grave la situación es que para asignarnos el CCC tiene que hacerlo el autónomo o la empresa on line con su firma digital aunque no tengan los medios para hacerlo, lo que al final nos obligará a sacarle también a los clientes la firma digital y que nosotros tengamos que usarla porque muchos no saben ni tiene ordenador siquiera, etc...

¿que opinais?, la unica opcion que veo de protesta es poner reclamaciones cada vez que no podamos asignar un CCC ya que al estar publicado en BOE poco se puede hacer.

10/04/2013
09:21

Escrito por:
lagocoll

BUENA PREGUNTA, YO AGRADECERIA QUE SI ALGUIEN TIENE ALGO CLARO AL RESPECTO LO DIGA YA QUE YO NO SE MUY BIEN COMO VA A IR EL TRAMITE, NOS IRAN LLEGANDO NOTIFICACIONES DE CLIENTES COMO PASO CON HACIENDA PARA QUE VAYAN AUTORIZANDOSE POCO A POCO O PODEMOS Y DEBEMOS ACCEDER YA A LAS NOTIFICACIONES DE NUESTROS CLIENTES Y YA SOMOS RESPONSABLES DE TODO.

POR FAVOR QUIEN TENGA ALGO CLARO QUE LO COMPARTA

10/04/2013
09:49

Escrito por:
bogie

responsables son los clientes, a nosotros tambien nos llegan pero responsables son ellos.

desde 1 enero era obligatorio para todas las nuevas.

10/04/2013
11:01

Escrito por:
eva

Buenos días:

A finales del mes pasado asistí a unas jornadas informativas sobre todo esto por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social y la asociación de Mutuas de AT. Hasta ahora no ha sido obligatorio, nos decían que hasta que no saliera la normativa que lo regula ( lo que entiendo que ya se ha cumplido), era voluntario. Comentaban que quien recibía las notificaciones en primera instancia era la empresa y, además, el autorizado Red u otro usuario secundario autorizado por la empresa, salvo que la misma empresa decidiera que lo recibía sólo ella. Asimismo, la empresa podía desautorizar al autorizado RED o designar a un tercero. Las notificaciones las podían recibir empresa y RED, empresa y 3º autorizado o sólo empresa.

Nos aconsejaban que comprobáramos qué autorizaciones teníamos asociadas en RED porque podían existir CCC de antigüos clientes y nos podían llegar notificaciones de ellos, por lo que debíamos desasignarlos.

El responsable, como dice bogie, es la empresa... pero si llega una notificación y por no leerla a tiempo se da por notificado, con quién creéis que se mosqueará el cliente??.. con nosotros, claro, porque también la hemos recibido y no hemos hecho nada...

También nos dijeron que, cuando se aprobara la normativa, se comunicaría la obligatoriedad a los sujetos correspondientes, por escrito, informando también de quienes serían los que las recibirían.

Nos comentaban que existía la posibilidad de que la empresa aportara correo electrónico y tfno. móvil o fijo a Tesorería y también podían ser avisados por esos medios. Correo y teléfonos institucionales de la empresa, no de un particular.

En fin... supongo que, como siempre, hasta que no estemos realmente en marcha con todo esto no nos iremos enterando del todo... agradecería que si alguien va recibiendo algo o recibe alguna comunicación por parte de Tesorería,... lo ponga en común para enriquecimiento de todos y facilitar así este nuevo engorro para la profesión.

Saludos.

10/04/2013
11:04

Escrito por:
eva

Aclaro algo de lo anterior... para las empresas de nueva creación si era obligatorio desde el principio.

10/04/2013
11:28

Escrito por:
bogie

Me parece que fuimos al mismo en sevilla .

10/04/2013
11:33

Escrito por:
jjguijarro

amén de esto que nos carga más de trabajo y de obligaciones que no cobramos y que los clientes se enfaden contigo para asignarte a partir de ahora los CCC el cliente tiene que tener firma digital para asignarte como autorizado en el RED no admitiendo ya el FR1 (al menos en Sevilla) ahora bien el problema viene cuando el cliente es el tipico autónomo con su furgoneta que se dedica a reformas, reparto, tendero de barrio, bar, carpintero, herrero, agrarios, etc... lo que en la practica tendremos que sacarle la firma electrónica y tener que hacer nosotros usode ella, (suplantar la identidad) además de retrasar  los trámites y complicarnos mucho nuestro día a día.

10/04/2013
11:34

Escrito por:
lagocoll

PERO EN EL CASO DE QUE NOS LO COMUNICARAN A LOS ASESORES, COMO SE HARIA A TRAVES DE LA WINSUITE?

10/04/2013
11:38

Escrito por:
CALZADA

TENGO NOVEDADES DESPUES DE ESTA "INVESTIGANDO U BUEN RATO SOBRE EL TEME"

AL PARECER A PARTIR DEL 15/04/2013 NUESTROS AUTORIZADOS AL SISISTME RED (SOCIEDADES Y PERSONAS FÍSICAS CON C.C.C) RECIBIRN UNA CARTA INFORMATIVA.

DESDE LA RECEPCION DE LA  CARTA HASTA QUE PASE APROXIMADAMENTE UN MES NO ES OBRLIGATORIO LAS NOTIFICACIONES TELEMATICAS NO LAS PODRÉMOS VER.

EL PROCEDIMIENTO ES EL SIGUIENTE : LOS CLIETES RECIBIRAN EN SU CORREO UN MENSAGE Y NOSOTROS POR  LA WUINSUITE OTRO, SEGUIDAMENTE ENTRAREMOS EN LA PAGINA DE LA SEGURIDAD SOCIAL- SEDE ELECTRONICA- CONSULTA CON CERTIFICADO SILCON Y HAY ESTARAN LAS NOTIFICACIONES (TENEMOS 10 DÍAS)

PARA QUIEN NO TENGA C.C.C NO ES OBLIGATORIO

10/04/2013
11:42

Escrito por:
CALZADA

LOWS CLIENTES NO PODRÁN VER LA NOTIFICACIONES AL NO SER QUE TENGA INTALADO EL CERTIFICADO PERO NOSOTROS COMO AUTORIZADOS AL SISISTME RED SI

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