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23/10/2013 12:00 Escrito por: guso |
Hola compañeros: Expongo el siguiente tema. Una trabajadora, haciendo uso del derecho que le asigna el Convenio Colectivo solicita un permiso no retribuido durante 30 dias. ¿Ese periodo lleva cotización? ¿Hay que realizar alguna comunicacion a TGSS? Muchas Gracias |
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23/10/2013 12:56 Escrito por: Santi |
Debes cotizar por la base mínima para CC y por topes mínimos por AT durante los días que dure la licencia sin sueldo. Saludos. |
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24/10/2013 11:36 Escrito por: guso |
Muchas Gracias Santi
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