02/02/2011 18:49 Escrito por: ASYL |
Buenas tardes, me ha surgido una duda en cuanto a la cotización por desempleo en los contratos en formación ya que la normativa dice que hay que aplicar los porcentajes de 5,50 para empresario y 1,55 para el trabajador sobre la base mínima correspondiente. Pero la duda es, la base mínima para este año 2011 son 748,20 euros mensuales, pero los porcentajes se aplican sobre esta cantidad o sobre la base reguladora que sería el 75% de esta cantidad, es decir sobre 561,15? Bueno, todo esto me ha surgido ya que el programa de nóminas que utilizo coge la formula de los 748,20 euros y con las empresas de formación que trabajamos con la 2ª opción la de 561,15. Espero que alguien me pueda resolver esta duda. Gracias. |
03/02/2011 11:16 Escrito por: atesa |
Buenos días, Yo tengo la misma duda y mi programa de nóminas también coge la base de 748.20 €. Supongo que será lo correcto porque desde que existe el Sistema Red la TGSS y las empresas que hacen los programas informáticos están en contacto para perfilar estos temas. Por cierto, programa de nóminas es el de A3NOM ¿cual es el tuyo asylsl? Un saludo, |
03/02/2011 11:25 Escrito por: ASYL |
ya pero lo que pregunto es si el porcentaje que hay que aplicar es sobre la base minima o sobre la base minima con el 75 %. es que el programa coge la base minima de 748.20 pero la escuela de formacion lo hace sobre la de 561.15 entonces es la duda que me surge, ya que ni TGSS sabe decirme sobre cual aplico el %. El programa que utilizo es Microlab aun no he pasado a A3NOM, pero supongo que es lo mismo. |
03/02/2011 13:15 Escrito por: marcel1978 |
La cotización a la Seguridad Social de los contratos de formac. consiste en una cuota única mensual, distribuida de la siguiente forma (para 2011)
A partir de la entrada en vigor de la Ley 35/2010, también tendrán que abonar una cuota fija por desempleo, resultante de aplicar a la base mínima correspondiente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales el mismo tipo de cotización y distribución entre empresario y trabajador establecidos para el contrato en prácticas, que será de 39,56 euros de los cuales 30,86 euros corresponden a la empresa y 8,70 euros al trabajador. Estas cuotas son siempre fijas independientemente de los días trabajados. |
04/02/2011 11:59 Escrito por: atesa |
Buenos días, Discrepo con marcel1978 en cuanto al importe de la cotización por desempleo. Efectivamente el art. 16 del Real Decreto 488/1998 establece que como base reguladora de las prestaciones económicas de la Seguridad Social se tomará el 75% de la base mínima de cotización, pero ahora estamos hablando de las cuotas para cotizar por desempleo (prestación hasta ahora no cubierta) y como bien dice marcel1978 la Ley 35/2010 hace referencia a la base mínima (no al 75% de la base mínima) y dicha base mínima es de 748.20 €. Por lo tanto, aunque yo he tenido mis dudas, me inclino por considerar que las cuotas por la cotización por desempleo en los contratos de formación suscritos a partir de la reforma laboral ascienden a 52,75 €, de los que 41,15 € son a cargo de la empresa y 11,60 € a cargo del trabajador. Así me lo calcula mi programa de nóminas (A3NOM) y así lo he enviado por Sistema Red sin que dicho Sistema me haya notificado ningún mensaje de error. No obstante, me consta que algún centro de formación está informando de los importes que apunta marcel1978. Un saludo, |
08/02/2011 12:35 Escrito por: coco1963 |
El amigo Atesa tiene toda la razon, la cotizacion por Desempleo importa 52.75 Euros. |
09/02/2011 13:03 Escrito por: riau |
Coincido con atesa, pero me surge una duda, estos importes en la cotización son los mismos para los contratos en prácticas? porque de lo que se esta hablando es de contratos de formación o contratos formativos? Un saludo |
09/02/2011 13:04 Escrito por: riau |
Coincido con atesa, pero me surge una duda, estos importes en la cotización son los mismos para los contratos en prácticas? porque de lo que se esta hablando es de contratos de formación o contratos formativos en general? Un saludo |
Página 1 de 1 |