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Seguridad Social y Sistema RED

Normal Calculo base cotizacion diaria en construccion baja por enfermedad

26/03/2010
13:31

Escrito por:
lola

Hola Rafa, para concluir y dejar ya cerrado el tema, porque como tu bien dices esto no es un foro de niñateo, y ya no quiero darle mas vueltas a esto, concluir diciendo:

"cada uno tiene su propia opinion y por tanto diferente al del resto del mundo, pero siempre  dentro de un respeto frente a las opiniones de los demas, es decir tu puedes no compartir algo de lo que piensa una persona pero  siempre respetarla".

Entonces algo que tu puedes verlo de una manera tienes que entender que otra persona puedo verlo de diferente forma.

Y no tengo nada mas que decir, porque como ya he dicho antes este foro esta para enriquecernos y no para cuestionarnos.

Saludos.

29/03/2010
09:04

Escrito por:
rafasemar

lola dijo:

"Entonces algo que tu puedes verlo de una manera tienes que entender que otra persona puedo verlo de diferente forma."

 

hola lola, sin duda estoy totalmente de acuerdo con tus palabras.

yo tambien para zanjar el tema, sólo intervine para restar la importancia que uno quiera darle, que se salga de los cauces que normalmente debe ser un foro tecnico y muy puntillista como éste, donde cada uno que exponga un tema, sepa que no sienta cátedra, que hay muchos puntos de vista, y todos enriquecedores.Como eso de sentar cátedra no lo he leido a nadie, si alguien en algun momento se la molestado por algo que yo a lo mejor no he percibido, pues sólo metia baza para relajar el tema, para aportar otro punto de vista, siempre conciliador, porque uno debe imaginar postear en éste foro, como si estuviera de frente contigo en éste caso, y un par de cafés por medio...ya está...lo demas es complicarnos la vida, en un foro y unos temas, que no tiene sentido.

 

te he respondido mayormente para enviarte un cordial saludo.ésto ultimo era el motivo fundamental de responderte.estamos en contacto.un saludo, rafa.

30/03/2010
15:31

Escrito por:
rgr1974

Hola a todos, en relacion a la pregunta que formula lola, yo estoy de acuerdo en todo con elnuevo, para mí y siempre con la ley por delante, se coge los ultimo 12 meses para sacar la se reguladora, ya que la baja fue en febrero, y anteriormente tenia una base a tiempo parcial, para mi se coge los 12 meses anteriores,  y por supuesto que cada uno puedo interpretar la ley de una manera diferente, se supone que este foro esta para eso, todos sabemos, pues todos trabajamos en ello, pero puede ser que cada uno lo interprete de una manera diferente, y cada uno da su interpretacion de la ley, en algunas cosas estaremos equivocados y en otra no. De todos modos, yo opino si sirve de algo, en la contestacion que te ha dado elnuevo. Un saludo para todos

 

30/03/2010
16:09

Escrito por:
ramsey

Me gustaría matizar, si es que rgr1974 me ha maltinterpretado, que no soy de la opinión de calcular la base reguladora de la incapacidad temporal del caso planteado cogiendo los 12 meses anteriores.

La situación planteada y otras análogas, la resuelven el Artículo 13.3 del Decreto 1646/72 de 21 de junio y criterios 2000/49 y 2008/2 de la TGSS.

Un saludo.

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