09/05/2014 12:21 Escrito por: raul79 |
Hola buenos días: Me surge la duda sobre el alta y el contrato de trabajo de unos trabajadores en el régimen especial agrario que trabajan 5 horas diarias los días que trabajan (que tampoco sabemos los días que serán). ¿Lo doy de alta con un contrato 401 ó 501 sin indicar la parcialidad? ¿En el caso de que le haga un contrato 501, como informo la jornada semanal y lo días en qué se trabaja si no se sabe con exactitud? gracias. |
09/05/2014 13:04 Escrito por: Eva Gestoria |
En el regimen agrario cuando se cotiza por jornadas no existe la parcialidad. Obligatoriamente 401 tienes que usar ese contrato y da igual las horas que echen de jornada, lo único que cuenta es no sobrepasar el máximo de horas por jornada que diga el convenio. |
09/05/2014 17:42 Escrito por: ALME |
Si, exactamente como dice Eva, por ejemplo en el convenio de Sevilla son 6,5 horas diarias, 39 horas semanales. Saludos |
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