23/11/2016 19:06 Escrito por: amaya |
PARA UN SEGURO SOCIAL, NO TENGO TODOS LOS EMPLEADOS CONCILIADOS. COMO LA EMPRESA TIENE CARGO EN CUENTA..... ¿ LOS CONCILIADOS IRÁN EN CARGO EN CUENTA? PASADO EL DÍA 20, PARA EL RESTO DE TRABAJADORES, QUE EN UN PRINCIPIO NO ESTUVIERON COINCIDENTES CON TGSS ¿ CÓMO PRESENTO LA LIQUIDACIÓN Y COMO REALIZAR A EL PAGO ? GRACIAS |
23/11/2016 19:48 Escrito por: CARMENR |
¿Pero enviaste de los conciliados la solicitud de confirmacion ? |
23/11/2016 19:51 Escrito por: amaya |
SI ASI LO HICE. CONFIRMÉ LOS TRABAJADORES CONCILIADOS.
.... Y YA APROVECHO TU PREGUNTA.... SI NO CONFIRMARA LOS CONCILIADOS, PASADO EL DÍA 20 ¿ IRÍA IGUALMENTE A CARGO EN CUENTA ,POR HACERLO DE OFICIO TGSS? |
24/11/2016 10:55 Escrito por: ramsey |
Si hay trabajadores no conciliados tendrás que obtener una liquidación parcial y se puede solicitar a partir del día 24 (inclusive) SISTEMA RED-->Cotizacion SLD---> Solicitud de borradores Los documentos que se reciben son unos u otros dependiendo de la fecha en la que se solicite el borrador - Entre el día 24 y el dia 27. Se obtiene el borrador de la liquidación: el RNT previo yel DCL, por los trabajadores conciliados. - Entre el día 28 y el penúltimo día del mes de presentación. Ya no se emiten sólo los borradores mencionados, sino que se produce una confirmacion de oficio emitiéndose también los docuemntos consolidados RNT Y RLC por los trabajadores conciliados. Una vez solucionados los errores de los trabajadores no conciliados, el usuario puede proceder a su liquidación volviendo a enviar XML de bases sólo por los trabajadores recién conciliados, siempre que se encuentre en plazo. De lo contrario tiene que acudir a un liquidación L91.
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/196843.pdf
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24/11/2016 11:45 Escrito por: amaya |
PERDONA PERO NO ME QUEDA CLARO.... ¿ CON LOS TRABAJADORES CONCILIADOS PARCIALMENTE Y CONFIRMADOS ANTES DEL DÍA 20 , LE HACEN A LA EMPRESA EL CARGO EN CUENTA? MI DUDA ES SI EL SEGURO SOCIAL, QUEDA PARTIDO EN DOS, CON DOS FORMAS DE PAGO DISTINAS:
1 ) ¿CARGO EN CUENTA PARA LOS CONCILIADOS PARCIALMENTE Y CONFIRMADOS HASTA EL DIA 20 ?
2 ) ¿PAGO ELECTRONICO PARA LOS QUE SE CONCILIEN A PARTIR DEL DIA 24, POR NO HABERLO PODIDO HACER ANTES DEL DÍA 20 ?
3 ) ¿ CARGO EN CUENTA Ó PAGO ELECTRÓNICO PARA TODOS LOS TRABAJADORES, TANTO PARA LOS QUE HAN SIDO CONCILIADOS AL DIA 20 , COMO PARA EL RESTO, CONCILIADOS A PARTIR DEL DÍA 24 ? GRACIAS |
24/11/2016 17:19 Escrito por: ramsey |
Con trabajadores no conciliados no se puede confirmar la liquidación. Como he explicado hay que hacer (a partir del 24) una liquidación parcial y dependiendo de cuando la hagas obtendrás una documentación u otra. |
24/11/2016 17:38 Escrito por: amaya |
PERDON POR HABERME LIADO TANTO,..... ES QUE CON TANTA LECTURA DE MANUAL Y DE LA APLICACION DE LABORAL... LO ENTENDÍ MAL. YA ME QUEDA CLARO. GRACIAS |
25/11/2016 09:35 Escrito por: ramsey |
Nada.. mi libro de mesita de noche es este Lo recomiendo.... |
25/11/2016 13:07 Escrito por: amaya |
VAYA UNA NOCHE LOOOOOOOOOOOOOOCA JAJAJAJA
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