13/02/2013 12:33 Escrito por: almu1974 |
¿Es legal que la empresa pague la indemnización por despido objetivo a plazos, a un trabajador, si así lo han acordado entre ellos? Si es así, bastaría con un contrato firmado entre ellos? |
13/02/2013 12:39 Escrito por: cordobesa |
si es legal, de hecho yo tengo un caso en mi familia. pero después la empresa ha entrado en concurso de acreedores, y le ha dejado a deber 8 mensualidades.... ahora el trabajador está teniendo muchos problemas con FOGASA y empresa para cobrar. |
13/02/2013 12:45 Escrito por: mamen |
si asi lo han acordado ellos vale pero deberias( para curarte en salud )decirle a la empresa que recogierais el tema ante el cmac para mas tranquilidad , yo entiendo que la ley es clara y el no abonar una indemnizacion en el momento en que se hace efectivo el despido puede ser causa para que un juez lo considere improcedente. Mira que si al trabajador dentro de los 20 dias siguientes al despido se le cambian los cables ..... o le comen el tarro..... |
13/02/2013 12:50 Escrito por: mamen |
el despido objetivo especifica bien claro, puesta a disposicion del trabajador en el momento de la comunicacion de la indemnizacion..... en caso de que el despido sea por circuntancias economicas el abono se podria hacer efectivo el mismo dia de cese en la empresa..........asi lo veo yo |
13/02/2013 13:11 Escrito por: almu1974 |
en este caso, la pregunta os la he hecho, no por lo que le pueda pasar a la empresa, sino desde el punto de vista del trabajador, ya que acaban de despedir a mi marido. La empresa nos dice que lo hagamos ante notario, pero eso me suena a raro, aunque si no aceptaramos el trato, solo cabria denunciar? |
13/02/2013 13:19 Escrito por: bogie |
ante notario, con su coste, en vez de en el cmac , sin coste,,,,,,,,,,raro raro raro . |
13/02/2013 13:53 Escrito por: mamen |
desde el punto de vista del trabajador ante el CMAC es lo mas fiable.... y aun asi como presente quiebra o concurso de acreedores.... o las propiedades esten embargadas....... sudor y lagrimas cobrar. Pero esta claro que el FOGASA con un acuerdo ante notario no mueve ni un papel....cuantos plazos serian? porque si son pocos vale pero si son muchos lo ideal es hacerle comprender que aunque nos fiamos de la buena voluntad de la empresa no sabemos como van a tener las cosas dentro de 2 o tres meses...ellos deberian comprenderlo.... |
13/02/2013 16:33 Escrito por: INMA1 |
Recordar que Fogasa no abona el importe de las indemnizaciones por despido acordadas en conciliacion extrajudicial Sentencia del tribunal Supremo de 13/10/2008. Si se quiere asegurar el cobro´bajo mi punto de vista lo más seguro es interponer Cemac/Smac, posteriormente demadna y realizar conciliación mediante comparecencia en el juzgado. Si no abona el importe se eejcuta la conciliación judicial, y una vez decretado la insolvencia provisional o definitiva, se procede a la reclamación a Fogasa.
Un saludo |
14/02/2013 13:02 Escrito por: NEREI |
Totalmente de acuerdo con Inma1 |
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