10/10/2013 18:36 Escrito por: Esma77 |
Yo hice una modificación en 2012, no por el mismo motivo al tuyo lagocoll y la chica solicito la extinción de su contrato de trabajo por no estar de acuerdo. Solicitó el paro y le pidieron los escritos de ambas partes y hasta la fecha no ha tenido ningún problema. |
10/10/2013 19:32 Escrito por: mamen |
cuando veo un tema con tantas entradas me encanta............como dije antes entiendo que no tiene problemas para percibir la prestacion y que en relacion a lo que ha puestro Esma77 seria el punto 3... rescision del contrato y derecho a recibir una indemnizacion de 20 dias.... o sea un despido por causas objetivas pero por parte del trabajador ¿si o no? |
11/10/2013 08:54 Escrito por: NEREI |
Art. 12.4.e) del Estatuto de los trabajadores "La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo al amparo de los dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 41. El trabajador no podrá ser despedido ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión, sin perjuicio de las medidas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 52, c), de esta Ley, puedan adoptarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción." Creo que el literal del artículo es bastante claro. Saludos a todos
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11/10/2013 09:35 Escrito por: mamen |
buenos dias , claro que si o claro que no...........llegaremos a ponernos de acuerdo? |
11/10/2013 09:40 Escrito por: ramsey |
No os empeñeis en equiparar una novación contractual con una modificación sustancial... NEREI lo ha puesto bien clarito... Si la trabajadora que comenta Esma77 cobró solo 20 dias es por que estuvo muy mal asesorada.... |
11/10/2013 10:27 Escrito por: Esma77 |
Tras el análisis, lo que se plantea es una novación contractual como habéis dicho y se rige por el art. 12 del ET, ahora si el trabajador decide extinguir por su voluntad su contrato de trabajo es que está mal asesorado como dice archer y si no tiene derecho a desempleo es su problema no el de la empresa. |
11/10/2013 10:40 Escrito por: mamen |
hola....que lio pero yo he visto casos ( no del despacho)pero recuerdo perfectamente uno en el que el trabajador ha optado por los 20 dias tras la empresa proponerle la reduccion de jornada,( el hombre preferia cobrar el 70%desempleo a que le redujeran la jornada al 50% pues sino no le llegaba... y si encima todo terminaba en despido como era previsible pues desempleo al 50%de la jornada) y cobro prestacion sin problemas......entonces en que quedamos |
14/10/2013 12:12 Escrito por: INMA82 |
Yo he visto como se le ha reducido jornada a trabajadores según el articulo 41 y están cobrando el paro sin conciliación ni demanda alguna, con extinción por no aceptación de modificación sustancial. Supongo que rigurosamente si en el inem solo le piden el ceritficado de empresa que solo dice "cese por no aceptación de modificación sustancial de condiciones de trabajo" no saben si la moficación que prentedía hacer la empresa es de jornada o de que era. Tengo que hacer una y yo tengo que plantearla igual por que es una medida que necesita tomar la empresa ahora mismo, mi duda es si el no la acepta, en lugar de irse por no aceptar la medida con 20 dáis tendría que acogerse a la medida de solicitar judicialmente la extinción de su contrato? En ese caso solicitaría un despido improcedente o la solicitud sería en base a despido objetivo y la empresa pagaría 20 días?? |
15/10/2013 09:00 Escrito por: lagocoll |
ENTONCES ARCHER SEGUN CREO ENTENDERTE TU OPINAS QUE SI PASA DE JORNADA COMPLETA A 1/2 NO PUEDE APLICARSE EL PROCEDIMIENTO DEL ART 41 POR SI FUERA POR EJEMPLO PASAR DE 30 HORAS SEMANALES A 20 DIAS SI SE PUEDE? |
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