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Contratos de trabajo

Normal despido y maternidad

22/04/2015
18:54

Escrito por:
rafasemar

Hola, con el mayor de mis respetos a las chicas y compañeras del foro, trato el tema con el mayor de la asepsia, y sin tener parte en ninguna de las partes, valga la redundancia, pero se trata de una chica, que tras su descanso maternal, y sin pedir siquiera la lactancia, ha venido con leyes, normas, y nuevas directrices al empresario, empresa que (consulta medica), con ella como persona que toma citas, pasa a pacientes a consulta...en fin, que "lleva la consulta" se ha reincorporado con unas exigencias dificiles de sostener por la empresa.

el empresario la quiere echar ipso-facto, pero creo que segun el E.T.,(tiro de memoria), art. 54 regulaba la nulidad del despido antes de los 9 meses...

Es posible su despido improcedente, e indemnizado segun ley, sin que la incidencia de la maternidad(incorporacion del periodo de descanso), influyese??, a ver que opinais.

22/04/2015
19:30

Escrito por:
mamen

yo pienso que le tendrias que hacer un disciplinario o un objetivo(con cambio de jornada... turnos)pero esta claro que si no tienes base suficiente y ella lo enfocara en ese sentido tendria la nulidad... improcedente desde el principio sabes que no existe ya.......

22/04/2015
20:02

Escrito por:
bernar

pacta la indemnizacion, porque tienes las de perder.

23/04/2015
09:39

Escrito por:
rafasemar

ok, gracias

claro...es que el tema es que la empresa quiere pagarle la indeminzacion y "quitarsela"...pero creo que se lo declararian nulo y no la dejarian, pero sabeis hasta cuando??, puede ser hasta los 9 meses de edad de bebé?

23/04/2015
10:01

Escrito por:
bogie

si que recuerdo lo de los 9 meses de edad del bebe pero no encuentro la normativa ahora.  hace un año lo estuve mirando .

23/04/2015
10:10

Escrito por:
Santi

Efectivamente es hasta que su hijo cumpla 9 meses, a no ser que solicite por escrito la reducción por guarda legal, entonces dicha protección se extendería hasta que el menor cumpla 12 años. Bajo mi punto de vista, en estos supuestos solo cabe o bien la procedencia o la nulidad, salvo que se pacte con la trabajadora y se evite la vía judicial.

23/04/2015
12:22

Escrito por:
LUISG

La trabajadora tiene las de ganar, nulidad del despido, pactar indemnización

23/04/2015
12:31

Escrito por:
LINARES

hola buenos dias, yo acabo de hacer un despido con una mujer con reduccion de jornada por cuidado de menores.

hemos pactado el despido, entonces he hecho una carta de despido, y despues he redactado un escrito firmado por ambas donde he puesto al acuerdo que hemos llegado en concepto de indemnizacion, y ademas tambien he puesto que esa indemnizacion se pagara una vez que el trabajado presente demanada ante el CEMAC y se concilie en estas cantidades, ademas tambien pongo que ambas partes ha llegado al acuerdo de rescindir el contrato de trabajo, y que ella lo acepta tambien. esto resumuendo.

una vez firmado todo doy la baja al trabajador, y asi tengo todo de antemano firmado, por si la trabajadores en acto de cociliacion pensara otra cosa

23/04/2015
12:53

Escrito por:
rafasemar

cuando hablais de pactar indeminzacion, supongo que es pagar la misma, o mas??, pagarla con retencion de irpf, y cotizacion y retencion del "exceso" para evitar el cmac, verdad?

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