07/01/2016 09:41 Escrito por: Lau |
He llamado al SEPE para informarme y no cogen el teléfono (como siempre en mi provincia, locución automática sin opción a operador...) Y, por supuesto, en la TGSS me remiten a la Dirección Privincial y allí me dicen que no saben nada y que es cosa del SEPE, que tenga paciencia... Pues nada, a comerme las uñas, a cruzar los dedos y a esperar una prórroga de última hora o bien que sean indulgentes con los desdichados...
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07/01/2016 09:43 Escrito por: Lau |
Rafasemar, te acompaño en el sentimiento ;-) |
07/01/2016 10:00 Escrito por: Esma77 |
yo también di en alta el día 30/12/2015 jajaj, triunfé como tu RAFASEMAR |
07/01/2016 10:00 Escrito por: Paco |
Punt, rafasemar es el que lo ha hecho bien xq los ha registrado en el 2015 sin problemas |
07/01/2016 10:01 Escrito por: amaya |
HE HABLADO CON 2 CENTROS DE FORMACION DISTINTOS, PARA VER DISTINTOS PUNTOS DE VISTA. EN UNO DE ELLOS, ME DICEN, QUE DE MOMENTO, QUE NO SE DEN ALTAS EN CONTRATOS DE FORMACION, Y EN OTRO SITIO, QUE NO HAY PROBLEMAS EN DARLAS. ¿ QUE VAIS A HACER ? ES QUE COMO YO LE DIJE AL QUE ME COMENTO EN QUE SI PODIA TRAMITAR EL ALTA.... ¿ Y QUE PASA CON EL PLAZODE LOS 10 DIAS PARA EL REGISTRO DEL CONTRATO ? ¿ Y SI LUEGO EL SEPE NO AUTORIZA EL CONTRATO ? ¿ QUE HAGO DOBLE TRABAJO Y TENGO QUE ESTAR ACUDIENDO A LA TGSS PARA CAMBIAR EL TIPO DE CONTRATO ? ¿COMO LO VEIS VOSOTROS? |
07/01/2016 10:02 Escrito por: Esma77 |
Yo no lo haría, hay que esperar. |
07/01/2016 11:29 Escrito por: Centro de Formacion Grupo 2000 |
Buenos días. Nos gustaría aclarar varios puntos, esperando que sirva de ayuda: 1. La normativa para que se realicen contratos de formación mediante teleformación ya está publicada, RDL 1529/2012 y Orden ESS/2518/2013. A día de hoy, se pueden realizar contratos de formación, la normativa está publicada Lo que ocurre es que la plataforma para comunicar el nuevo contrato no está lista. Esto implica que el trámite que debe hacer el centro para solicitar la autorización de la formación va a tardar algo más de lo previsto. Por eso es que recomendamos que la primera gestión que hagáis, antes del alta incluso, es contactar con nuestro centro, que podamos revisar el perfil del trabajador y hacer la solicitud de autorización de la formación. POR FAVOR, NO HAGÁIS EL ALTA DIRECTAMENTE, LA GESTIÓN DE LA FORMACIÓN HA CAMBIADO. 2. La formación es una formación reglada, y tanto si es de contrato de formación, como si es un certificado de profesionalidad normal, el SEPE vigilará que se esté realizando la formación. Por eso recomendamos dejar claro tanto a empresario, como a trabajador que la formación hay que realizarla. Y que además, ya va a tener un beneficio importante para el trabajador, con ella va a tener un nivel académico similar al FP. En cuanto a los comentarios de sangil, estamos de acuerdo en que sólo los centros que estamos acreditados podemos impartir esta formación. Os mantedremos informados si hay novedades al respecto. En Grupo 2000 estaremos encantados de solucionar todas vuestras dudas, sobre casos específicos. Estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760. Un saludo. |
07/01/2016 13:19 Escrito por: sangil |
Según el SEPE, a partir del día 8 de enero podrán completarse los datos mencionados, una vez aclarados determinados aspectos normativos. Será a partir de ese momento cuando se podrá completar la solicitud de autorización de la actividad y por lo tanto la posterior formalización del contrato de trabajo, por lo que no se recomienda ni el alta previa del trabajador hasta la aclaración total de todos los aspectos normativos pendientes.
Finalmente, recordarles que cualquier Contrato de Formación cuya fecha de alta del trabajador sea anterior al 01 de enero de 2016 o que se trate de una prórroga de un contrato ya en vigor, continúan gestionándose como hasta el momento y se mantiene la formación bajo la modalidad a Distancia, respetando las condiciones de colaboración ya conocidas. |
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