15/04/2016 16:43 Escrito por: LABORALBZ |
Hola, alguien me puede decir si el contrato de relevo en el caso en el que la persona se quiera jubilar parcialmente quiera hacer toda su reduccion de forma continuada el relevista puedo hacerle por jornada completa y darle de baja antes de que el cumpla la edad?? me urg porfa |
18/04/2016 11:26 Escrito por: eva |
Si te refieres a darlo de baja una vez realice toda la jornada en el % acordado sin llegar a la edad de jubilación, me temo que no se puede. Aunque tú acumules las jornadas del jubilado parcial de un año completo en 2.5 meses por ejemplo, las nóminas deben hacerse mensualmente en el % acordado para la reducción y cotizar cada mes independientemente de que, por acuerdo privado entre empresa y trabajador, la jornada se realice toda de golpe. Si no lo haces así, el contrato de relevo no es válido. Al menos eso me comentaron en su día y lo veo lógico, la verdad.... Entiendo que esa era tu pregunta... aunque no tengo muy claro que te refieras a eso... |
19/04/2016 13:15 Escrito por: LABORALBZ |
GRACIAS EVA, estoy viendo en un chat anterior que se te dio el caso. como grabastes en seg social el cntrat del relevista cuando fue transformacion de un temporal para que te saliera la bonificacion? le estoy poniendo contrato 109, naff del que se jubila, marco casilla de relevo pero me dice que contrat sin peculiariada de cotización?? |
19/04/2016 13:43 Escrito por: eva |
Primero se tramita la jubilación parcial cambiando tipo de contrato a 540 y poniendo el % de jornada que realiza. Después, alta de contrato tipo 150. Condición desempleado 1, NAF jubilado, marcar casilla contrato de relevo y poner en indicador de trabajadores de la empresa 1. Creo que no me dejo nada. |
19/04/2016 16:36 Escrito por: LABORALBZ |
Eva, aqui sigo en esto¡¡ pero 150 no es transformacion de un contrato. yo tengo un contrato de eventual ya en la empresa y quiero transformarlo y bonificarme
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20/04/2016 11:25 Escrito por: eva |
Ok... yo hice un indefinido inicial... por eso te di ese código |
21/04/2016 18:21 Escrito por: LABORALBZ |
Evaaa¡¡ cuando redactantes el cntrato 540 como pusistes la jornada, si no recuerdo mal dijistes que lo hacia todo seguido pero no se si ese acuerdo puede ir reflejado en contrato y otra cosa mas: el salario se reduce a 25 % y la cotización tambien o tengo que cotizar por ell trabajador que se jubila el 100 % |
22/04/2016 11:33 Escrito por: eva |
Hola... pues yo puse en el contrato una jornada de 10 horas semanales con la correspondiente distribución y luego, privadamente, empresa y trabajador recogieron en un acuerdo firmado por ambas partes los periodos acumulados en que se iban a prestar los servicios en cuestión. Después de muchas vueltas fue lo que entendí más correcto. Aunque lo haga seguido por acuerdo, las nóminas se harán mensualmente por el 25% de la jornada hasta que el jubilado parcial alcance la edad requerida. El salario lo cobraría por ese 25% La cotización del jubilado parcial no es aún al 100%. Se va aplicando de manera gradual de modo que sube un 5% cada año. En 2016 se cotiza por el 65% de la base, en 2017 por el 70% y así hasta llegar al 100% Lo que sí se exige es que haya una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, de modo que el relevista no puede tener una base inferior al promedio de las bases del jubilado parcial en los últimos seis meses. |
22/04/2016 19:30 Escrito por: LABORALBZ |
EVA MUCHAS GRACIAS, HAS SIDO DE GRAN AYUDA |
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