29/08/2016 11:48 Escrito por: sangil |
De acuerdo con esteveros y Santi. La jornada máxima es por empresa, dado que el pluriempleo (lamentablemente) es perfectamente legal. Al ser pluriempleado puedes trabajar hasta la jornada máxima legal en cada empresa. Pero Seguridad Social obliga a que se pongan en contacto las distintas empresas, para que no se cotice por encima de la base máxima de cotización (no sucede casi nunca) entre las distintas empresas. También es legal que además de ser pluriempleado ser pluriactividad, es decir, autónomo. Sería compatible ser pluriempleado (trabajo en varias empresas) a la vez que autónomo. Al ser autónomo junto con trabajador por cuenta ajena, se cotiza simultáneamente por los distintos regímenes, aunque sólo se reciben prestaciones de ambos regímenes en caso de Incapacidad Temporal. Para el resto de contingencias no sirbve la cotización múltiple. |
Primera Anterior | Página 2 de 2 |