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Novedades para los trabajadores autónomos dependientes

El pasado día 4 de Marzo se público en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 197/2009 que desarrolla el Estatuto del Trabajador Autónomo.

Para consultar toda la normativa relacionada pulse en los siguientes vínculos:

Ley 20/2007 que regula el Estatuto del Trabajador autónomo

Resolución de 21 de Febrero de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se establece el procedimiento provisional para el registro de los contratos de los trabajadores autónomos dependientes.

Real Decreto 197/2009 que desarrolla la Ley 20/2007

Los contratos de los trabajadores autónomos dependientes se deberán de registrar en el Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la firma del mismo por el trabajador autónomo comunicándoselo al CLIENTE en el plazo de 5 días siguientes al registro. Si transcurre dicho plazo y no se registra el CLIENTE dispone de nuevo de 10 días hábiles para formalizar el registro.

Aquellos contratos ya formalizados y registrados con anterioridad al día 5 de Marzo de 2009 disponen de un plazo de 3 meses para la adaptación de los mismos al nuevo modelo de registro.

Si tiene algún contrato de un trabajador autónomo dependiente que se encuentra en la situación indicada anteriormente, deberá de cumplimentar el nuevo modelo de contrato y comunicar tal hecho pulsando en la siguiente dirección web que le pedirá Certificado Digital:

https://www.inem.es:444/registro/RT_TAEDactualizacion.jsp

En la próxima actualización de NETCONTRAT@, se incluirá el mecanismo para comunicar los contratos de los trabajadores autónomos dependientes que se formalicen a partir del día 5 de Marzo de 2009.

Impreso del nuevo contrato para el trabajador autónomo dependiente

 
 
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