23/09/2011 17:56 Escrito por: ALME |
No es obligatorio darlo en papel, salvo que se trate de empresas con menos de 10 trabajadores en alta o exentas de su remisión por internet, en la Orden TIN/790/2010 de 24 de marzo, artículos 1.3 y 5.1.b) lo explica, en el BOE 30 Marzo 2010 también. Saludos |
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