23/06/2010 11:27 Escrito por: admin |
Desde la entrada en vigor de la "famosa" REFORMA LABORAL Real Decreto-Ley 10/2010, se estan produciendo cantidad de consultas relacionadas con el asunto. Con el objeto de utilizar esta plataforma como elemento de transmisión de información, así como mecanismo de soporte, se abre por la administración de Netcontrata este tema, solicitando a todos los usuarios de la aplicación que lo utilicen en las dos vias, tanto en la de sevir para plantear dudas, como en la resolución de las mismas por aquellos usuarios que sepan la respuesta adecuada. Gracias |
23/06/2010 17:36 Escrito por: rafasemar |
mi primera duda, es que en la pantalla a modo de resumen, en el contrato en formacion, poneis un limite de edad entre 16 a 25 años, y yo en el r.d.ley, he visto que la franja de edad no cambió, es decir de 16 a 21 años., asi como su bonificacion por transformacion a indefinido, que entiendo pone una pasta al mes, no sé si 500 euros, que no he llegado a leer en el r.d., cierto es que no lo he leido con tranquilidad, puesto que el fin de mes...fin de renta...nominas...seg.sociales...en fin como siempre estamos por estas fechas, no nos dá para mas, pero era por comentarlo, como bien dice el admin, y poder confirmarlo.un saludo. |
24/06/2010 08:55 Escrito por: rubor76 |
El límite de la edad de los 25 años lo pone en la Disposición transitoria séptima y lo de los 500 € es anual, no sé si en el resumen hay errata. Un Saludo. |
24/06/2010 13:02 Escrito por: luis123 |
Buenos dias; Límite de edad de los trabajadores contratados para la formación. Hasta el 31 de diciembre de 2011 podrán realizarse contratos para la formación con trabajadores menores de veinticinco años sin que sea de aplicación el límite máximo de edad establecido en el párrafo primero del artículo 11.2.a) del Estatuto de los Trabajadores para la celebración de contratos para la formación. |
24/06/2010 18:22 Escrito por: rafasemar |
muchas gracias, por contestar, me he ido al final, a la disp.VII y lo he visto, no habia llegado hasta el final...la campaña de renta es demasiado.... |
25/06/2010 12:09 Escrito por: jara |
Buenos dias
una consulta en cuanto a la reforma : Las transformaciones de contratos temporales se recogen tambien los de obra o eventuales de la produccion.
Gracias de antemano |
25/06/2010 12:11 Escrito por: jara |
En la consulta anterior nos referimos cuando la ley dice se podran acoger a las transformaciones de contratos temporales en indefinidos con anterioridad a 18 de junio. Aqui no dice nada en cuanto a la bonificacion. Gracias |
25/06/2010 13:01 Escrito por: aalarcon |
Cuando habla de tranformaciones en indefinidos acogidos a fomento de empleo (art. 3 de lareforma), no se refiere a bonificaciones, se refiere, a mi entender, a la Disposicion Adicional 1ª (33 dias de Indemnizacion) |
28/06/2010 09:35 Escrito por: coco1963 |
Alguien tiene conocimiento si para los nuevos CONTRATOS DE FORMACION, se necesita solicitar un nuevo numero de C.C.C. o en caso contrario al Cotizar por Desempleo irian dentro del C.C.C. de los contrato normales.
Gracias |
29/06/2010 08:23 Escrito por: lola |
Buenos dias: Tengo que preparar un despido improcedente a un trabajador y mi duda es si la indemnizacion sigue siendo la misma que antes es decir los 45 dias, o bien, si ha cambiado en algo, pues en la reforma te habla que 8 dias los pagara el fogasa, pero no lo tengo muy claro a que tipo de despidos se refiere. Estoy hecha un lio, hay tantas lagunas que no se que hacer, y el despido es para mañana dia 30.06.10, si sois tan amables y podeis ayudarme. Gracias |
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