30/10/2015 09:36 Escrito por: correcaminos |
Buenos días, hace unos dias se presenta inspección en la empresa que acaba de abrir y no tiene aún CCC y toma nota de los DNI de dos trabajadores que no estaban de alta y nos cita para aportar documentación la semana siguiente. Que será mejor hacer: 1.- Dar el alta al día siguiente cuando tenemos el CCC 2.- Dar el alta fuera plazo con caracter retroactivo al dia que fue el inspector. 3.- No hacer nada y dejar que el inspector nos diga |
30/10/2015 09:55 Escrito por: IMBEROSIMIL |
MENUDO MARRON, YO NO HARIA NADA, HAGAS LO QUE HAGAS ESTA TRAMITADO DESPUES DE LA INSPECCIÓN Y TODA RESOLUCIÓN DE ALTA TIENE EN LAS CODIFICACIONES INFORMATICAS LA HORA DE TRAMITACIÓN. SI ACTUAS COMO EMPRESA SI QUIERES TRAMITALO FUERA DE PLAZO Y LUEGO LLORA, YO COMO ASESOR NO LO HARIA ESPERARÍA A DECISIÓN DEL INSPECTOR, TAMBIEN LLORARIA PERO ME TEMO QUE ME DARIA IGUAL. |
30/10/2015 10:15 Escrito por: correcaminos |
Muchas gracias IMBEROSIMIL, sabemos y asumimos que nos van a sancionar. Pero mi duda es que la semana que viene tengo cita con el inspector, y pienso que lo correcto sería dar el alta hoy fuera de plazo con fecha de anteayer (28-10-15) que es el día de la visita del inspector y llevarle las altas y contrato que ha pedido. Pero por lo menos evito tenerla sin dar de alta hasta que lo hiciera de oficio, porque y si tiene algún accidente mientras tanto?. Opinais lo mismo.
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30/10/2015 10:25 Escrito por: gesi69 |
Si os sirve de algo, cuando se me ha dado el caso de que los trabajadores comienzan a trabajar y me resulta imposible tener el CCC , bien sea por la firma digital etc.. suelo enviar un correo electrónico a la Tesorería indicando los trabajadores que comienzan, y la documentación de la empresa (por si las moscas). Luego una vez tengo el CCC , procedo a realizar las comunicaciones y en la tesorería eliminan los fura de plazo. |
30/10/2015 11:01 Escrito por: mamen |
pues yo tuve la semana pasada una de un bar, cogieron al pinchadiscos que solo va sabados y domingo,y a un portero igual... el inspector me dijo que aunque él sabia que solo trabajaban los fines de semana los queria a tiempo completo e indefinidos...y que teniamos dos opciones hacerlo yo fuera de plazo o esperar a que él lo hiciera, si yo lo hacia tenia la posibilidad de hacer una reduccion de jornada inmediatamente( con lo cual reduciamos los gastos de los seguros sociales) si él lo hacia todo se retrasaba mucho mas y los coste iban a ser mayores. Multa teniamos de las dos maneras aunque es cierto que cuando lo hacemos nosotros parece ser que a veces son mas considerados pues le quitamos algo de trabajo...( eso no me lo dijo el inspector.....jeje) |
30/10/2015 11:37 Escrito por: jara |
opino lo mismo que mamen. Hacerlo fuera de plazo y llevarle las altas y contratos para que despues lo pongan en plazo. Despues esperar que la sanción sea lo mas leve posible. |
30/10/2015 11:51 Escrito por: mamen |
hola , jara no se a que te refieres cuando dices" para que despues lo pongan en plazo" hace tiempo que no me ocurre un alta fuera de plazo, hice las altas fuera de plazo, y registre los contratos( y se lo pase al inspector), tengo yo que hacer algo mas en tesoreria???? |
30/10/2015 12:34 Escrito por: bogie |
ya no ponen las cosas en plazo en tesoreria, vengo de alli y me lo ha dicho el propio director, que raro va a ser que pongan algo en plazo .............. |
30/10/2015 13:24 Escrito por: Esma77 |
pocas opciones tenemos ahora, ya no dejan mandarlo por email o fax a la tesoreria según han comentado unos compañeros en otro hilo de conversación (he de decir que yo nunca lo he usado). yo los daría de alta y así cotizarías por los días del mes de octubre pq si te esperas a la cita y a que te lo haga el inspector puede pasar tiempo y le costará mas a la empresa + el recargo. Si lo haces ahora solo te reclamarían en TGSS los días desde el alta y lo presentas con muy poco recargo. La sanción es segura. |
30/10/2015 13:27 Escrito por: Esma77 |
Mamen, en tu caso tal como dices y como te exigieron, a mi entender los pasaria como dicen a tiempo completo e indefinido pero solo por los días que trabajan sabados y domingos. Pondría una clave en contrato de trabajo a tiempo parcial pero distribuyo a 8 horas diarias. Nunca se creen la realidad pero a veces es cierta. |
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