30/10/2015 18:49 Escrito por: jom |
dalos de alta fuera de plazo, si tienes suerte, la sanción será de 626 euros, pero si no haces nada la sanción como mínimo es de 3126 euros |
05/11/2015 19:33 Escrito por: CURRO |
Cuando tengo que dar altas y no dispongo del CCC, me invento uno a traves del programa laboral y las lanzo por remesa.Luego dispongo de 10 días para realizar la corrección de errores". Por otro lado, creo entender que las altas fuera de plazo la TGSS luego, generalmente, no las mete en plazo, se quedan asi aunque la obligación de cotizar permance desde el inicio. Las bajas si puedes hacerlo justificando la finalizacion de la relación. En uno de los ultimos casos de inspección, esta instó a la empresa a dar "voluntariamente" las altas antes de la inspeccion, so pena de darlas de oficio luego el inspector y sancionar mas fuerte. Luego, vino la sanción igualmente, en grado mínimo (10000 porque ademas cobraba desempleo). Y encima luego las alegaciones planteadas por la empresa al acta, la administración contesta que es la propia empresa quien efectua el alta. Asi que ojo si lo vas a pelear
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06/11/2015 19:08 Escrito por: Esma77 |
Curro, a una empresa le acaba de venir así redactado. Es todo tan meticuloso. |
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