06/07/2011 13:11 Escrito por: mamen |
hola buenos dias! tenemos un trabajador que al parecer y segun por la llamada telefonica "de la madre" esta de baja por dolor de espalda, ya el dia 2 no vino a trabajar y a la fecha que estamos no nos ha aportado la baja, para colmo ayer le vieron cenando en un bar y se lo han dicho a la empresa que esta bastante mosca y con razon. La empresa quiere que lo despida pero hay que pensar friamente ,asi que les he dicho que si a lo largo del dia no nos aporta la baja ,mañana le enviaremos un burofax para pedirle que justifique su ausencia del trabajo, se supone que le daremos 48 horas para presentarnos la documentacion y a partir de ahi quisiera vuestra opinion : si no nos presenta nada una vez transcurridas las 48 horas ¿ como lo dais de baja? voluntaria, despido procedente? con que fecha( la de pasadas las 48 del burofax) y esos dias que no ha trabajado ni ha justificado se lo tenemos que pagar( le pongo falta de asistencia) como lo veis creo que no he leido nada al respecto en el foro y me interesa saber vuestro opinion.GRACIAS DE ANTEMANO |
06/07/2011 13:17 Escrito por: rafasemar |
si lleva poco de antiguedad, lo mas barato es el despido, pero ya...quita dolores de cabeza, y la indemnizacion es la menor posible, dando ejemplo de firmeza si hay otros trabajadores. si lleva mucho tiempo, igual sale interesante pagar un investigador privado, que te dé pruebas fehacientes de su futuro despido y que tengas posibilidades ciertas de ser calificado de procedente. un saludo. |
06/07/2011 13:29 Escrito por: eva |
Buenos días mamen: No se si tienes el memento social, si lo tienes, mírate el marginal 1949 y te aclarará un poco el tema... veo muy bien el plazo que das para que te aporte el parte en cuestión, aunque hay 3 días para presentar en la empresa los partes médicos y, por lo que cuentas, ya ha sobrepasado el plazo... mírate el convenio colectivo para ver cuántos días de ausencia injustificada necesitas para despedir al trabajador porque, si no ha pedido el parte de baja hasta hoy, llevaría ya 3 de ausencia en un mismo mes... con lo que probablemente, y más aún si pasan las 48 horas y no te lleva nada, por lo que se incrementarán los días injustificados, tendrás motivos para despedir disciplinariamente por faltas de asistencia sin justificar. Si finalmente despides por ese motivo, como no hay parte de baja, yo no le pagaría nada por esos días, ya que serían faltas de asistencia ( es por eso por lo que despido no?).. yo le daría de baja una vez pasadas las 48 horas que das de plazo... así demuestras que has dado verdaderamente tiempo al trabajador de justificar su ausencia y no lo ha hecho... Es una opinión, pero yo lo plantearía así. Saludos. |
06/07/2011 13:34 Escrito por: mamen |
no lleva mucho pero tiene un rd 1/2011, tendra que devolver cuotas o poner a alguien en su lugar con las mismas caracteristicas de el , o simplemente dar de alta a alguien? no se con el cabreo que tiene la empresa que lo quiere despedir sin pagarle nada, le digo que le paguemos, encima le digo que se tiene que buscar a otro o devolver cuotas ....arde troya. en cuanto a como seria si no nos presenta nada baja voluntaria? asi no tendriamos que devolver cuotas verdad?
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06/07/2011 13:37 Escrito por: mamen |
gracias eva, entonces tu lo darias como despido procedente verdad, no como baja voluntaria, es que en este tema cuando me he reunido con compañeros no llegamos a estar de acuerdo,... |
06/07/2011 13:43 Escrito por: rafasemar |
darle de baja voluntaria, es arriesgado, si no te firma un documento donde él solicitara de forma inequivoca la baja en la empresa por los motivos que sea. en cuanto a las doctrinas, y convenios, estando de acuerdo con eva, he de añadir, que luego, en el juzgado, el juez, desgraciadamente, en un 95 % se la trae al pairo...siempre piensan que es la ultima relacion que va a tener el "pobrecito" trabajador, y la "poderosa" empresa, y repito, o llevas pruebas contundentes, o muy dificil llevar el juicio adelante.Mucha suerte porque no es facil solucionarlo, sobre todo cuando la ira del cliente no entiende nada, y hasta se mosquea contigo...repito, suerte. |
06/07/2011 14:01 Escrito por: mamen |
veo que sabes por donde voy en el tema de la baja voluntaria yo entiendo que debe ser firmada por el trabajador pero hay otras opiniones que no piensan asi, enfin no sé veremos que pasa a lo largo del dia, gracias Eva y Rafasemar , estamos en contacto... |
06/07/2011 15:07 Escrito por: LABORALES |
Lo que solemos hacer nosotros es indicarle que si no se obtiene justificación en el plazo de 48 horas se entenderá como un abandono del puesto de trabajo procediendo a tramitar su baja voluntaria en la empresa, ahora bien, nunca hemos tenido que ir a juicio, por lo que no sé cómo resulta el tema si te lo "pelean", de todas maneras en el memento 2011 en la página 579 te viene explicado cuando no se considera abandono del puesto de trabajo, pero también te refleja, que se considera la existencia de este hecho cuando el trabajador no acude a trabajar por estar enfermo, considerándose que no presentó parte alguno de baja y no contestó a ninguno de los requerimientos empresariales (TSJ Madrid 07-02-06, EDJ 40645). Saludos y suerte. |
06/07/2011 17:06 Escrito por: mamen |
Sigo con el tema el convenio no me dice nada del regimen sancionador donde lo puede ver? |
06/07/2011 17:30 Escrito por: mamen |
perdon ya lo encontre me remite al acerdo laboral estatal del sector.gracias |
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