10/04/2017 17:16 Escrito por: INVERPLATA |
Disculpad, que yo con el tema de impestos no me ha dado tiempo a leerla bien, entiendo que solo es para los tiempos completos, verdad? he leido por encima
En definitiva, la normativa examinada impone, al igual que la española, la necesidad de llevar un registro de las jornadas especiales, pero no de la ordinaria cuando no se sobrepase la jornada máxima. |
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