06/09/2012 12:49 Escrito por: anarosa |
Otra cosilla, en las indemnizaciones no tengo que tener en cuenta el plus de transportes , pero ¿ y si la empresa acuerda un bruto/mes con la trabajadora ? ¿ se lo calculo sobre el bruto pactado o en base a los complementos de sb,pp extra y demas complementos que perciba la trabajadora ? |
06/09/2012 20:12 Escrito por: jom |
para la indemnización cuenta todos los meses en alta, por ejemplo 28 meses, por lo tanto una antiguedad para el cálculo de dos años y cuatro meses. Para el salario, por supuesto el salario medio. Yo desde luego nunca incluyo como salario los pluses extrasalariales, tan solo los cotizables, s.b.,ppextras, complementos cotizables, plus transporte, km o dietas, no se incluyen. Si tiene negociado un salario bruto mensual, en principio, ese salario debería cotizarse en su totalidad, si dentro de ese salario bruto le pagas conceptos que no se recogen en el convenio y no los cotizas, pues ya debes valorar si los incluyes o no en la indemnización, pero estariamos ante una situación irregular. Normativa en concreto no existe, es la misma que para cualquier indemnización por despido. Si es la primera campaña, yo nunca les hago el contrato directamente como fija discontinua, pero si los has hecho así, es exactamente igual, ocho mese de trabajo, ocho meses de antiguedad, y el salario igual |
11/09/2012 08:27 Escrito por: anarosa |
Muchas gracias Jom, como bien dices no le he incluido al final el plus de transporte sino que lo he hecho en base a los conceptos salariales, sb y ppextra. Espero que no tengamos problemas y todo salga bien.
muchas gracias nuevamente :)) |
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