28/12/2018 11:34 Escrito por: ALHAMA |
HOLA, COMO CADA AÑO SE NOS PLANTEA COMO AUMENTAR LOS SALARIOS PARA AQUELLOS CONVENIOS QUE NO TIENEN SUBIDA PARA 2019 Y DADO QUE ESTE AÑO EL SMI HA SUBIDO MÁS DE LO HABITUAL ¿ QUE VAIS A HACER? ¿ QUE SUBIDA VAIS A APLICAR ? FELIZ Y PROSPERO AÑO A TODOS |
28/12/2018 11:51 Escrito por: bogie |
Yo tambien le estaba dando vueltas, tengo algunos convenios que si especifican el sueldo para 2019 pero tendra que superar el smi impuesto por este pseudogobierno....... y los demas habra que superar el smi tambien ya que con el ipc no creo que valga. |
28/12/2018 12:42 Escrito por: bernar |
El problema más gordo lo veo con la publicación del SMI, lo demás yo no subo hasta que no publican subida, o va indicada en convenio anterior. Ahora con el SMI 900 x 12 me surgen dudas. si un convenioo tiene: 850 salario base, 3 pagas extraordinarias y un complemento, por ejemplo cop. categoria 120 euros. habría que ajustarlo a 900x14= 12.600 anual o bien, tendría que hacer 900 x 15(3 pagas tiene el convenio) + 120 complemento x 12= 14940.
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02/01/2019 10:40 Escrito por: ISMAIS |
normalmente los convenios con los pluses y las pagas superan al smi impuesto. si alguno no lo superase sería adaptarlo al smi. |
02/01/2019 12:53 Escrito por: SENSASOLA |
Yo no lo tengo tan claro, creo que el SMI afecta solamente al salario base de los convenios, los pluses y los complementos y las pagas extras continuan igual!!!!!!!!! como dice el convenio. Vaya FAENON que nos han vuelto a poner compañeros ............ Saludos.
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02/01/2019 13:41 Escrito por: ISMAIS |
YO CREO QUE NO, que es en computo general mensual no puede cobrar menos que el salario minimo, si por cnvenio lo supera con los pluses y las pagas, independientemente que el s.base del convenio este debajo de los 900 no creo que haya problema |
02/01/2019 13:44 Escrito por: ISMAIS |
Esta nueva medida no afectará a todos los trabajadores. Por tanto, si los salarios ya eran superiores al SMI no notarás un cambio significativo. Sobre todo está destinada a aquellos trabajadores que perciban menos de 12.600 € brutos al año por una jornada completa. La subida del salario deberá ser automática en estos casos por parte de la empresa. Aunque el salario no suba, todos los trabajadores sí se benefician indirectamente. Por ejemplo, subiría la cantidad de salario protegida y que no puede ser embargada o los límites del salario de FOGASA. |
02/01/2019 20:06 Escrito por: CARMENR |
¿Habeis visto el art.12 del real decreto 28/2018 ? Pienso que aclara este tema |
03/01/2019 11:32 Escrito por: gllaboral |
En el REal Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre queda claro |
03/01/2019 19:14 Escrito por: jotatas |
Entonces entendéis que a los 900 de salario base, se le añaden los pluses y demás complementos que tengan según convenio?, porque yó por más que leo, sigo sin tenerlo claro. Pero claro de ser así, se igualarían a compañeros con categorías superiores a los que no se les ha modificado nada.... |
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