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Normal despido y reclamación al fogasa

19/09/2012
19:21

Escrito por:
1978

Tengo una empresa que ha despedido a un trabajador (8 años de antigüedad) por causas objetivas. Ha abonado el 100% de la indemnización. Puede reclamar el 40% de dicha indemnización al fogasa??

19/09/2012
19:25

Escrito por:
1978

Ah, y en caso afirmativo, que plazo tiene la empresa para hacer la solicitud??

19/09/2012
19:35

Escrito por:
mamen

no ya no puede ahora tiene que reclamarlo el trabajador ( bueno si el despido es despues de las ultimas novedades de julio) . Si fuera anterior a esa fecha  tiene un año para reclamarlo

19/09/2012
19:50

Escrito por:
Esma77

Los legisladores no paran de cambiar antes si podía reclamar la empresa pero ahora no , en qué quedamos.

Para que el trabajador pueda reclamar al FOGASA ¿ la empresa solo debe pagar el 60%?

19/09/2012
19:52

Escrito por:
1978

O sea, le teniamos que haber pagado el 60% y que el trabajador reclamara el 40% restante??

Es que el despido fue a 1 de agosto, preavisado 15 0 20 días antes. Justo en los días en que se produjeron los cambios, no?

20/09/2012
09:23

Escrito por:
1978

Acabo de verlo: art 19 de la ley 3./2012, de 6 de Julio: "... el FOGASA abonará al trabajador una parte de la indemnización en cantidad equivalente a 8 días de salario por año de servicio..."

O sea, la empresa tiene que pagar el 60% y el trabajador reclamar su parte??

20/09/2012
09:32

Escrito por:
1978

Otra vuelta mas: La empresa no pagó al trabajador la indemnización de golpe, acordaron prorratearla a lo largo de 12 meses; entonces todavía estamos a tiempo de hablar con el trabajador y gestionarle la petición ante el FOGASA.

La pregunta es: ¿Es necesario que hayan pasado por conciliación o juzgado para poder hacer la solicitud?

20/09/2012
09:46

Escrito por:
mamen

hola , entiendo que si tienes la opcion porque por lo menos en mi provincia no miran si se ha pagado en varias veces y todavia no ha pasado un año, yo entiendo que tendrias que cambiar la carta de despido y especificar que se le abona el 60%,  aqui tambien tenemos que justificar el dinero que se le ha dado ( mediante transferencias , si es cheque ademas de la fotocopia del banco comprobante de la cuenta...en fin que no vale solo con el conforme del finiquito........) y por ultimo no tienes que pasar por el CMAC. 

20/09/2012
10:25

Escrito por:
1978

Acabo de hablar con el FOGASA, y tienen un cacao impresionante. Como ahora mismo se manejan 4 variantes posibles según el despido haya sido antes del 12.02.2012, entre el 12.02.2012 y el n07.07.2012, el 08.07.2012 y el 14.07.2012 o a partir del 15.07.2012, parece que no se aclaran con los criterios de interpretación de cada periodo y me dicen que están a la espera de lo que les digan desde Madrid.

Lo dicho, un show.

20/09/2012
10:47

Escrito por:
mamen

cual es tu provincia,porque en Malaga lo tienen muy claro, si es posterior al 14 de julio la empresa no lo puede reclamar tiene que ser el trabajador, es que tengo un caso del 18 de julio la empresa lo ha pagado y ahora dice el FOGASA  que lo puedo presentar pero que lo van a denegar y la verdad es que es una faena . Pero si te han dicho que estan a la espera de lo que diga Madrid tendré que estar pendiente vaya a ser cosa que cambie algo y si pueda recuperarlo.

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