08/01/2015 10:35 Escrito por: ASEM |
Entonces no entiendo por qué ayer mismo haciendo la consulta en Hacienda me especificaron que tanto un abogado, como un camarero ("otros profesionales de la hosteleria") como administrativos, deben darse de alta en el IAE y hacer factura a la empresa. |
08/01/2015 11:04 Escrito por: ramsey |
Personalmente yo estoy dando de alta los que están claritos (agentes de seguros, ingenieros, profesor de idiomas...) y estoy dejando los dudosos hasta que conteste la DGT (limpiadoras, reparacion de electrodomesticos, instalador de aire acondicionado...)
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08/01/2015 11:50 Escrito por: ASEM |
Donde estais haciendo la consulta escrita? la enviáis telematicamente? porque prefiero tener respuesta escrita, por telefono ya me han dicho que TODOS los que aparecen en la sección 2 y prefiero poder enseñarlo a clientes. Gracias., |
08/01/2015 11:55 Escrito por: ramsey |
http://www.minhap.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Doctrina/Paginas/ConsultasDGT.aspx Con la firma digital de la empresa podrás hacer consultas personalizadas de cada uno.
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08/01/2015 13:57 Escrito por: ramsey |
Los escritos remitidos a través del enlace que os he dicho son admitidos, esta es la respuesta que envían al presentarlos: ***********************************************************************
El Ministerio le comunica que el escrito a nombre de XXXXXXXXXXXXX SL , con número "F/6/2015" y registrado en el registro electrónico del Ministerio con el número 2015-00001049-E, el día 02/01/2015 a las 12:37 horas será tramitado internamente por la unidad responsable "D.G. TRIBUTOS". Modo de recepción de comunicados seleccionada por el ciudadano: Notificación electrónica.
Sistema de gestión de escritos ***************** |
08/01/2015 14:43 Escrito por: ASEM |
Siento volver con lo mismo, haciendo de nuevo ( y van 4 veces contestandome distintas personas) la consulta en el 901335533 opcion 4 censos, me vuelven a decir que son TODOS las profesiones que se encentren en la sección 2. Me ponen como ejemplo que un carpintero no tiene equivalente en la seccion 2 es decir es decir no tiene que darse de alta del iae porque no existe ese epigrafe como profesional, los que trabajen de dependientes en un comercio al por menor tampoco. Pero que un camarero o un administrativo sí, al encontrarse su profesion comprendida en la seccion 2. también me dicen que vaya con la lista de mis empresas y a lo que se dedica el administrador y que alli me tienen que decir una por una cual debe y cual no debe drase de alta. En fin... |
08/01/2015 17:26 Escrito por: mamen |
hola, que bien funciona aeat 4 contestaciones....... y lo de que vaya a la administracion con la lista para que te lo digan de una en una( me parto de la risa) estamos apañaos con el criterio del funcionario que te toque ...parece que le estoy viendo la cara que te va a poner.... y la seguridad de lo poco que te diga sera para grabarlo con camara oculta....aun asi tampoco tendras las espaldas cubiertas( me harto de llorar.....) |
08/01/2015 17:42 Escrito por: perico |
Y LOS ASESORES??
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08/01/2015 18:08 Escrito por: onocarpio |
Estais seguros que la factura deberá incluir IVA y tendrán obligaciones formales???. Una cosa es el articulado del IRPF y otra que se considere actividad económica. Existe una ajeneidad total en el desarrollo del trabajo ya que no es propietario de nada en su ejecución (material, oficinas, etc.), todo ello pertenece a la sociedad. No se yo no tengo nada claro esto |
08/01/2015 18:11 Escrito por: ASEM |
Me comentaron que aunque utilizase para su trabajo los materiales de la sociedad y desarollase su trabajo integramente en la empresa tb debe facturarse como profesional. Yo tampoco lo tengo claro, pero así nos están informando desde Hacienda. Si algien hace tb la consulta que explique que le dicen pleaseee! |
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